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¿Estudiando para tus oposiciones? Quizás te interese saber qué es el método pomodoro

📚 ¿Estudiando para tus oposiciones? Quizás te interese saber qué es el método pomodoro🍅💼

✨ Ventajas del método Pomodoro para tu preparación:

1️⃣ Mejora tu concentración: Divide tus sesiones de estudio en intervalos cortos y enfócate al máximo en cada tarea.

2️⃣ Aumenta tu productividad: Evita procrastinar y mantén un ritmo constante de trabajo para avanzar más rápido en tu preparación.

3️⃣ Gestiona tu tiempo eficazmente: Organiza tus sesiones de estudio y descanso para optimizar tu rendimiento.

4️⃣ Reduce la ansiedad: Aborda tus estudios en bloques manejables de tiempo y controla mejor tus niveles de estrés.

5️⃣ Encuentra un equilibrio: Con pausas cortas entre tus sesiones, previene el agotamiento y mantén tu motivación alta.

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¿Cómo prepararse una oposición?

Antes de empezar a preparar unas oposiciones hay que estar decidido y convencido, y analizar si se dispone del tiempo, las capacidades y las herramientas para poder hacerlo. Es importante valorar el tiempo real del que se dispone y el tiempo que se necesitará para poder preparar bien todo el proceso.

Además, una vez visto el programa con los temas que van para examen, hay que conseguir el temario. ¿Cómo? Pues a través de editoriales, academias, centros especializados e, incluso, por internet.

Por último, decidir si uno se prepara por su cuenta o a través de una academia. Nuestra recomendación es prepararse por academia de manera presencial y, si no se puede, realizar un curso online. No obstante, el trabajo diario es imprescindible para conseguir el objetivo.

    Y recuerda, existen herramientas para optimizar el tiempo de estudio, como son los planes y las técnicas de estudio. Igual de importante es el tiempo que dediquemos al ocio y a la realización de alguna actividad física. También es aconsejable repasar periódicamente lo visto anteriormente.

    ¿Qué es una oposición?

    Es un proceso selectivo para poder acceder a un puesto de trabajo en la Administración Pública. Dicho proceso conlleva reunir una serie de requisitos y la realización de una o varias pruebas. Existen tres tipos de procesos selectivos: oposición, concurso o concurso-oposición.

    Las ofertas de empleo, bases y convocatorias las podemos encontrar en el Boletín Oficial del Estado o en los diarios oficiales de las diferentes Comunidades Autónomas.

    ¿Cuáles son las ventajas de prepararse una oposición?

    Cuando decides prepararte una oposición y trabajar en la Administración Pública, sabes que encontrarás:

    • Igualdad salarial entre hombres y mujeres
    • Derecho total a vacaciones y días libres por asuntos propios
    • Seguridad en la jubilación y cotización en la Seguridad Social
    • Horario flexible
    • Estabilidad en el puesto de trabajo
    • Faltas de asistencia más justificables que en el sector privado
    • Acceso a concursos de traslados


    Centro de Estudios Codex | Academia de oposiciones | Valencia | Desde 1986

    Cuando tomas una decisión tan importante como es elegir presentarte a una oposición es crucial elegir la mejor academia de oposiciones en Valencia que te ayude a lograr tu meta. 

    En muchas ocasiones, nos frustramos facilmente porque intentamos aprobar la oposición sin ayuda de expertos que sepan de la materia. Lo ideal es elegir la mejor academia de oposiciones en Valencia donde encuentres profesores expertos en la materia que te ayuden en el camino. 

    Además, en el caso de que no seas de Valencia o no tengas disponibilidad para acudir a nuestro centro de oposiciones de manera presencial,  no hay problema. También puedes estudiar en nuestra academia de oposiciones de manera online para poder prepararte el temario a tu ritmo. Podrás visualizar nuestras clases a través de tu aula virtual en cualquier hora y momento del día, adaptándote a tu agencia y horarios disponibles. 

    ¿No te estás preparando una oposición en este momento?. No hay problema. En Codex, la mejor academia de oposiciones en Valencia, ofrecemos cursos profesionales de idiomas, ofimática, secretariado informático, contabilidad con ordenador, y mucho más.

    Y es que, además de ayudarte a preparar oposiciones a la Administración Pública, nuestra academia de oposiciones en Valencia ofrece una completa preparación en cursos subvencionados de formación continua dirigida a trabajadores y trabajadoras en activo, y formación ocupacional de personas en situación de paro laboral.

    Cuéntanos tu caso y te ayudaremos a escoger la mejor elección para ti. 

    Acuerdo de la Mesa Sectorial de Función Pública plan 2017-2020

    Tras el acuerdo de 5 de octubre de 2018, del Consell, procedemos a realizar un resumen de lo alcanzado para el desarrollo de las ofertas de empleo público:

    Conclusiones generales:

    1. El desarrollo de una iniciativa plurianual destinada a aumentar la estabilidad en el empleo público dentro de ámbito de la Función Pública de la Generalitat con el objetivo de situar la tasa de temporalidad, al final del 2020, por debajo del 8% .
    2. La Administración se compromete a aprobar una oferta pública de empleo que incluya el máximo posible de la tasa de reposición de cada año, así como las tasas adicionales para estabilizar el empleo temporal previstas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y de las plazas ocupadas por personal laboral declarado judicialmente indefinido no fijo de plantilla.
    3. Oposiciones: oposiciones para el empleo 2018 – se publicarán antes del final del año
    4. En las ofertas de empleo público se reserva una cuota no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con diversidad funcional, considerando como tales las definidas en la legislación básica estatal sobre derechos de las personas con diversidad funcional, de modo que, al menos, se llegue al 2% de los efectivos totales.
    5. Al menos, el 40% de las plazas que se convoquen y de compatibilizar dicha previsión con los procesos de estabilización, las ofertas podrán prever la acumulación en convocatorias de turno libre de las plazas ofertadas y no cubiertas por promoción interna, siempre que el número de esas plazas se haya incluido en el cálculo de alguno de los tipos de reposición que prevean las normas presupuestarias.

     

    PLAZAS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL:

    1. El proceso selectivo será de concurso-oposición.
    2. La fase de oposición tendrá un valor del 60% de la puntuación total y el concurso el 40% restante.
    3. Los procesos del grupo A (A1 y A2) constan de dos ejercicios.
    4. Los procesos del grupo E, C1 y C2 tendrán un test teórico y uno práctico.
    5. En la fase de concurso se valorara la experiencia (25 puntos máximo), carrera profesional horizontal (5 puntos máximo) y otros méritos (10 puntos máximo).
    6. Deberá superarse cada ejercicio con la puntuación prevista en la convocatoria, que en ningún caso será inferior al 50% de la máxima del ejercicio).

     

        PLAZAS TURNO LIBRE ORDINARIA: 

    1. El proceso selectivo será de concurso-oposición.
    2. La valoración de la fase de oposición será del 65% y el concurso 35% restante.
    3. Sera necesario superar el nivel establecido para cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio en la fase de oposición.
    4. En la fase de concurso se valorara la experiencia (máximo 20 puntos y otros méritos  – máximo 15 puntos).

     

    Destacar también la información que en el Portal de Transparencia de la Generalitat, está previsto publicarse un calendario orientativo con las previsiones de publicación de ofertas, convocatorias, realización de exámenes etc.

    Enlace al Acuerdo de la Mesa Sectorial

    Pruebas selectivas Ministerio de Justicia 2017-2018

    La pretensión del Ministerio de Justicia con relación a las pruebas selectivas de Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial es efectuar las mismas a finales de la primera quincena de marzo 2018.

    La novedad es que puede ser que se celebren todas las pruebas el fin de semana, lo cual puede ser un problema para aquellos opositores que hayan optado por distintas Comunidades Autónomas para los distintos Cuerpos, salvo que se opte – como es lógico – por que se examinen los opositores en una sola sede cualquiera sea la Comunidad elegida para presentarse, si bien la corrección correrá a cargo del Tribunal delegado de esa Comunidad Autónoma.

     

    GRUPO DE PREPARACIÓN PLAZAS
    Gestión Procesal 2017 769
    Cuerpo Auxilio Judicial 2017 921
    Tramitación Procesal 2017 1243
    TOTAL 2933

    El escenario de Ofertas de Empleo Público para el año 2016

    El ESCENARIO DE OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2016: LEY 48/2015, DE 29 DE OCTUBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016.

    La elaboración de las Ofertas de Empleo Público, en las diferentes Administraciones Públicas, debe ajustarse a los criterios establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

    Para el año 2016, vienen establecidos en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para dicho año.

    Con relación a las Leyes de Presupuestos anteriores aprobadas en esta legislatura presenta, como novedad fundamental, la autorización para la aprobación de Ofertas de Empleo Público las diferentes Administraciones Públicas distinguiendo dos grupos de supuestos:

    • Aquellas en las que pueden ofertarse hasta el 100% de la tasa de reposición de efectivos. (art. 20.2.)
    • En el resto se autoriza la incorporación a las Ofertas de Empleo Público de hasta el 50% de dicha tasa (art.20.3 )

    Así, en concreto:

    Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, en los siguientes sectores y administraciones la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 100 por ciento:

    • A) A las Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
    • B) A las Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.
    • C) A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a los Cuerpos de Policía Autónoma de aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos propios de dicha Policía en su territorio, y, en el ámbito de la Administración Local, al personal de la Policía Local, en relación con la cobertura de las correspondientes plazas de dicha Policía.

    En el supuesto de las plazas correspondientes al personal de la Policía Local, se podrá alcanzar el cien por cien de la tasa de reposición de efectivos siempre que se trate de Entidades Locales que cumplan o no superen los límites que fije la legislación reguladora de las Haciendas Locales o, en su caso, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en materia de autorización de operaciones de endeudamiento. Además deberán cumplir el principio de estabilidad al que se refiere el artículo 11.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera tanto en la liquidación del presupuesto del ejercicio inmediato anterior como en el presupuesto vigente. En relación con este último, la Entidad deberá adoptar un Acuerdo del Pleno u órgano competente en el que se solicite la reposición de las plazas vacantes y en el que se ponga de manifiesto que aplicando esta medida no se pone en riesgo el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. Lo indicado en el presente párrafo deberá ser acreditado por la correspondiente Entidad Local ante el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, previamente a la aprobación de la convocatoria de plazas.

    En el supuesto de las plazas correspondientes al personal de la Policía Autónoma, se podrá alcanzar el cien por cien de la tasa de reposición de efectivos siempre que se trate, de Comunidades Autónomas que cumplan los objetivos de Estabilidad Presupuestaria y deuda pública establecidos de conformidad con la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera tanto en la liquidación del presupuesto del ejercicio inmediato anterior, como en el presupuesto vigente.

    • D) A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.
    • E) A las Administraciones Públicas respecto del control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos.
    • F) A las Administraciones Públicas respecto del asesoramiento jurídico y la gestión de los recursos públicos.
    • G) En la Administración de Justicia, atendiendo a las especiales circunstancias que concurren en la situación de cobertura de sus plazas, se computará el número máximo de plazas a autorizar en función del número total de plazas de la plantilla aprobadas dotadas presupuestariamente, y que hayan estado ocupadas por funcionarios interinos durante al menos los tres últimos años, autorizándose Oferta de Empleo Público en aquellos Cuerpos de funcionarios en el que el porcentaje de las plazas con este tipo de ocupación supere el 8 por ciento del total y en un número máximo que, acumulado para todos los Cuerpos, no podrá superar el 20 por ciento de las vacantes.
    • H) A las Administraciones Públicas respecto de la cobertura de las plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios.

    En el supuesto de las plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, se podrá alcanzar el cien por cien de la tasa de reposición de efectivos siempre que se trate de Entidades Locales que cumplan o no superen los límites que fije la legislación reguladora de las Haciendas Locales o, en su caso, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en materia de autorización de operaciones de endeudamiento. Además deberán cumplir el principio de estabilidad al que se refiere el artículo 11.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera tanto en la liquidación del presupuesto del ejercicio inmediato anterior como en el presupuesto vigente. En relación con este último, la Entidad deberá adoptar un Acuerdo del Pleno u órgano competente en el que se solicite la reposición de las plazas vacantes y en el que se ponga de manifiesto que aplicando esta medida no se pone en riesgo el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. Lo indicado en el presente párrafo deberá ser acreditado por la correspondiente Entidad Local ante el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, previamente a la aprobación de la convocatoria de plazas.

    • I) A las Administraciones Públicas en relación con las plazas de personal investigador doctor de los Cuerpos y Escalas de los organismos públicos de investigación, definidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

    Asimismo, se autorizan un total de 25 plazas en los Organismos Públicos de Investigación, para la contratación de personal investigador doctor, con certificado I3, en la modalidad de Investigador distinguido, como personal laboral fijo en dichos Organismos, previa acreditación de que la Oferta de Empleo Público de estas plazas no afecta a los límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

    Igualmente, con el límite máximo del 100 por ciento de la tasa de reposición, se autoriza a los organismos de investigación de otras Administraciones Públicas para la contratación de personal investigador doctor que haya superado una evaluación equivalente al certificado I3, en la modalidad de investigador distinguido, como personal laboral fijo en dichos organismos, previa acreditación de que la oferta de empleo público de estas plazas no afecta a los límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

    • J) A las plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

    Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la contratación, como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. De las restantes plazas que oferte, cada Universidad podrá destinar una parte de las mismas para el ingreso como profesor contratado doctor, en los términos previstos en el artículo 52 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

    • K) A las Administraciones Públicas respecto de la supervisión e inspección de los mercados de valores y de los que en ellos intervienen.
    • L) A las plazas correspondientes a la seguridad aérea, respecto del personal que realiza actuaciones de inspección y supervisión de la seguridad aérea, las operaciones de vuelo y operaciones aeroportuarias y actuaciones relacionadas con las mismas, y a las plazas de personal en relación con la seguridad marítima, que realiza tareas de salvamento marítimo y prevención y lucha contra la contaminación marina, así como a las plazas de personal en relación con la seguridad ferroviaria y las operaciones ferroviarias.
    • M) A la Administración Penitenciaria.
    • N) Al Consejo de Seguridad Nuclear en relación con las plazas de funcionario de la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica que realizan funciones de dirección, estudio y evaluación, inspección y control de las instalaciones radiactivas y nucleares.
    • Ñ) A la Acción Exterior del Estado.
    • O) A las plazas de personal que presta asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.
    • P) A las plazas de personal que realiza la gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo
    • En los sectores y Administraciones no recogidos en el apartado anterior, la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 50 por ciento.