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Bolsa de empleo temporal en el Hospital General Universitario de Valencia

Fecha: 12-02-2020

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2020, de la directora gerente del Consorcio Hospital General Universitario de València (CHGUV), por la que se convoca una bolsa de empleo temporal de diversas categorías (BET/01/20)

Mediante Resolución de 15 de junio de 2016, del director gerente del CHGUV, publicada en el DOGV 7811, de fecha 22.06.2016, se aprobaron las normas reguladoras para la contratación de duración determinada y la mejora de empleo. En su artículo 10 estas normas establecen que en todas las categorías en las que el Consorcio convoque oferta de empleo público, se constituirán bolsas de empleo temporal, considerándose personas interesadas de oficio todas aquellas que hayan participado en el último proceso selectivo de la categoría profesional correspondiente. Seguidamente se señala que el número de participantes que conformarán estas bolsas será determinado por la Comisión de Seguimiento de la Contratación.

De acuerdo con lo expuesto, la Comisión de Seguimiento de la Contratación, en reunión celebrada el pasado día 4 de febrero del corriente, acordó que podrán formar parte de las bolsas de empleo temporal de las categorías de enfermero/a, técnico/a especialista en cuidados auxiliares de enfermería, técnico/a especialista en laboratorio, técnico/a especialista en radiodiagnóstico, técnico/a especialista en anatomía patológica, fisioterapeuta, enfermero/a especialista en enfermería obstétrico-ginecológica (matrón/matrona) y celador/a, todas aquellas personas que han participado en el proceso selectivo de la categoría respectiva, entendiéndose por tales las personas que han realizado el ejercicio de la fase de oposición (turno libre) de la categoría correspondiente.

De conformidad con lo anterior, con lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento y en uso de las atribuciones conferidas en el apartado segundo, punto 10 del Acuerdo del 12 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno y del Presidente del Consejo, por el que se delegan atribuciones en materia de personal, de contratación administrativa y de gestión económica en diversos órganos del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia, resuelvo:



Artículo 1. Convocatoria

Realizar la presente convocatoria que tiene por objeto la constitución de bolsas de empleo temporal de las categorías siguientes categorías:

? Enfermero/a (código 1).

? Técnico/a especialista en cuidados auxiliares de enfermería (código 2).

? Técnico/a especialista en laboratorio (código 3).

? Técnico/a especialista en radiodiagnóstico (código 4).

? Técnico/a especialista en anatomía patológica (código 5).

? Fisioterapeuta (código 6).

? Enfermero/a especialista en enfermería obstétrico-ginecológica (código 7).

? Celador/a (código 8).



Artículo 2. Relación definitiva

La relación definitiva de los aspirantes que podrán integrar cada una de las bolsas que se convocan estará formada por todas las personas que se encuentran incluidas de la relación de personas aspirantes presentadas al ejercicio de la fase de oposición (turno libre) de la respectiva categoría, encontrándose dicha relación publicada en el tablón de anuncios de la Dirección de Recursos y en la página web del CHGUV, en los enlaces que a continuación se señalan para cada categoría:



Enfermero/a

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1158968/TURNO+LIBRE+PUNTUACIONES+EJERC.+FASE+OPOSICION+ALFABETICODefinitivo.pdf/09b0737f-789d-48c8-8500-4998ce5ea0c9 (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1158968/TURNO+LIBRE+PUNTUACIONES+EJERC.+FASE+OPOSICION+PUNTUACIONDefinitivo.pdf/50726da1-1be0-4c2a-9e7e-3f83c9eb8290 (relación definitiva por orden de puntuación).



Técnico/a especialista en cuidados auxiliares de enfermería.

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1158983/Puntuaciones+definitivas+Aux.+Enf_Libre_alfab%C3%A9tico.pdf/fd6ae58e-f6ae-4fc1-a732-625fbef86eeb (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1158983/Puntuaciones+definitivas+Aux.+Enf_Libre_puntuaci%C3%B3n.pdf/9ae9e735-8144-475e-adae-2e23228f71e2 (relación definitiva por orden de puntuación).



Técnico/a especialista en laboratorio.

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1177882/Puntuaciones+TEL_Turno+Libre_Alfab%C3%A9tico.definitivo.pdf/f1907ee0-f8fe-4202-9288-8e60c34b31b1 (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1177882/Puntuaciones+TEL_Turno+Libre_Puntuaci%C3%B3n.definitivo.pdf/44ecdea1-0e5a-4573-a89c-97226f690aac (relación definitiva por orden de puntuación).



Técnico/a especialista en radiodiagnóstico.

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1177846/Puntuaciones+TER_Turno+Libre_Alfab%C3%A9tico.definitivo.pdf/c380d0b0-7ae9-4cd7-8428-8cc9a1241b3c (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1177846/Puntuaciones+TER_Turno+Libre_Puntuaci%C3%B3n.definitivo.pdf/885fc78d-845a-494b-ac84-a9790a651240 (relación definitiva por orden de puntuación).



Técnico/a especialista en anatomía patológica.

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1162536/Puntuaciones+TEAP_Turno+Libre_Alfab%C3%A9tico.definitivo.pdf/8b7f5e98-a77c-40a4-8561-8de767e9a507 (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1162536/Puntuaciones+TEAP_Turno+Libre_Puntuaci%C3%B3n.definitivo.pdf/438d79dd-ca78-47ff-9fad-0caefc3fffef (relación definitiva por orden de puntuación).



Fisioterapeuta.

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1162075/Puntuaciones+Fisioterapeuta_DEFINITIVA_Turno+libre_Orden+Alfab%C3%A9tico.pdf/555a6d85-4255-44fd-9bb7-93e34833304d (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1162075/Puntuaciones+Fisioterapeuta_DEFINITIVA_Turno+libre_Orden+Puntuaci%C3%B3n.pdf/d1d41bdd-98f3-4b8b-af22-d07533184f46 (relación definitiva por orden de puntuación).



Enfermero/a especialista en enfermería obstétrico-ginecológica (matrón/matrona).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1205248/Puntuaciones+Matrona_Libre_Orden+Alfab%C3%A9tico.pdf/3fd58b55-2172-4228-95b5-eb26488731c4 (relación definitiva por orden alfabético).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1205248/Puntuaciones+Matrona_Libre_Orden+Puntuaci%C3%B3n.pdf/479b3896-8cc2-4f45-aa18-ee9c755b0d76 (relación definitiva por orden de puntuación).



Celador/a.

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1180452/Puntuaciones+definitivas+Celador_Orden+alfab%C3%A9tico.pdf/72dc8684-7453-4e75-adb3-68c5d9d8b7fc (relación definitiva por orden alfabético).)

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1180452/Puntuaciones+definitivas+Celador_Orden+puntuaci%C3%B3n.pdf/42c0b01f-986e-4d08-aaa9-1ce1fb870739 (relación definitiva por orden de puntuación).

http://chguv.san.gva.es/documents/10184/1180452/Acuerdo+correcci%C3%B3n+errores_Celador.pdf/b7480649-9315-4631-8566-4ac293853654 (relación definitiva por orden de puntuación).



Las personas incluidas en estas relaciones deberán presentar solicitud para formar parte de la bolsa de empleo temporal de la categoría correspondiente, siguiendo lo dispuesto en el artículo 4 de la presente resolución.

La relación final de personas que conformarán cada una de las bolsas de empleo temporal convocadas estará formada por las que personas que, en tiempo y forma, hayan presentado solicitud para formar parte de las mismas, ordenada teniendo en cuenta las puntuaciones que resulten de la aplicación del baremo de méritos.

Artículo 3. Requisitos

Las personas incluidas en la relación definitiva deberán cumplir además los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la titulación académica exigida para acceder a la plaza o categoría profesional de la correspondiente bolsa y, en su caso, de la especialidad.

b) Poseer la aptitud psicofísica y funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias de la plaza y categoría a la que se opta.

c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública o servicio de salud, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas, ni en su caso para el ejercicio de la correspondiente profesión.

d) Cumplir los demás requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 3 de las normas reguladoras del procedimiento.

Los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo de permanencia en la correspondiente bolsa.



Artículo 4. Solicitudes, plazo y documentación necesaria

Las solicitudes, conforme al modelo que se encuentra disponible en la página web del CHGUV, deberán ir acompañadas de la documentación (original o fotocopia debidamente compulsada por anverso y reverso) acreditativa de los méritos que se pretendan hacer valer, de conformidad con el baremo establecido en la base 11.1 de las normas reguladoras del procedimiento, a excepción de los resultados obtenidos en las pruebas selectivas (apartado 11.1.B) del baremo de méritos y de la experiencia profesional en el CHGUV que serán acreditados y valorados de oficio.

La solicitud de inscripción incorporará las siguientes declaraciones responsables de la persona solicitante:

a) Declaración en la que manifiesta bajo su responsabilidad que todos los datos recogidos en la solicitud son verídicos, que cumple los requisitos que establece el artículo 3 de la presente convocatoria y que se encuentra en posesión de la documentación que así lo acredita, quedando a disposición del CHGUV para su entrega, comprobación, control e inspección cuando se estime oportuno, en los términos del artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

b) El consentimiento de la persona inscrita al tratamiento de sus datos de carácter personal que sean necesarios para la tramitación del proceso, de acuerdo con la normativa vigente.

En todo caso, el personal que integre la bolsa deberá acreditar que reúne los requisitos necesarios para el desempeño del puesto antes de la formalización del correspondiente contrato.

La comisión correspondiente valorará la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, pudiendo requerir, en cualquier momento del procedimiento, cualquier aclaración sobre la misma. Cuando el requerimiento no sea atendido no será valorado el mérito correspondiente. En todo caso la anotación de datos falsos podrá ser motivo de no inclusión o exclusión, en su caso, en la listas de empleo temporal, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOGV, acabando el mismo día del mes siguiente a aquel en que se haya publicado. Si fuera inhábil, el plazo finalizará el siguiente día hábil.

Las solicitudes cumplimentadas y su documentación adjunta se presentarán preferentemente en el Registro General del CHGUV (horario de 09.00 a 14.00, de lunes a viernes) o, en su defecto, a través de cualesquiera de las formas posibles de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de optarse por la presentación de la solicitud a través de las oficinas de Correos, deberá observarse la forma prevista en el artículo 31 del Real decreto 1.829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que regula la prestación de servicios postales. De manera que las solicitudes se presentarán en sobre abierto, debiendo constar en la cabecera de los documentos, con claridad, el nombre de la oficina así como el lugar, fecha, hora y minuto de su admisión, puesto que de no hacer así su fecha de entrada será la que conste en el Registro General del CHGUV. Los sobres deberán dirigirse a la siguiente dirección postal: Consorci Hospital General Universitari de València, Av. Tres Creus, 2 CP 46014 Valencia.

Artículo 5. Procedimiento

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las comisiones de valoración evaluarán los méritos acreditados de acuerdo con el baremo aplicable y seguidamente publicarán la relación provisional, ordenada por puntuación. Dicha relación se hará pública en el tablón de anuncios y en la web corporativa por un plazo de 10 días hábiles, al objeto de que los aspirantes, en su caso, presenten en dicho plazo las alegaciones que consideren oportunas.

Finalizado el plazo de presentación de alegaciones y, en su caso, resueltas las mismas, las comisiones de valoración publicarán en los mismos medios la relación definitiva, que será remitida como propuesta al órgano competente para la constitución de la correspondiente bolsa.



Artículo 6. Baremo

Será de aplicación el baremo establecido en el artículo 11.1 de las normas reguladoras del procedimiento.

Los empates en las puntuaciones finales se resolverán a favor del o de la aspirante con mayor puntuación en el apartado B del baremo de méritos (resultado obtenido en las pruebas selectivas). En caso de persistir el empate se resolverá por orden alfabético de los apellidos, siguiendo la letra utilizada en la última oferta de empleo pública del CHGUV.

La comisión solo podrá tener en cuenta aquellos méritos obtenidos hasta el mismo día de la publicación de la presente resolución en el DOGV.



Artículo 7. Comisión de valoración

La valoración de los méritos será realizada por las comisiones designadas con tal fin en las bolsas de empleo temporal de cada una de las categorías convocadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de las normas reguladoras.



Artículo 8. Normativa aplicable

La presente convocatoria y las bolsas que resulten, se regirán por la Resolución de 15 de junio de 2016, del director gerente del CHGUV, de aprobación de las normas reguladoras para la contratación de duración determinada y la mejora de empleo. Todo ello sin perjuicio de las restantes normas jurídica que pudieran ser de aplicación.



Artículo 9. Régimen jurídico

La relación laboral que se formalice, en su caso, se regirá por las cláusulas del contrato de trabajo, por lo dispuesto en el convenio colectivo del personal laboral del CHGUV, por el Estatuto de los Trabajadores y por las demás normas de aplicación.



Artículo 10. Recursos

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia del CHGUV, dentro del plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se considere procedente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Transcurrido el mencionado plazo sin que se haya interpuesto recurso alguno, está resolución será firme a todos los efectos.



València, 6 de febrero de 2020.? La directora gerente del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia: Inmaculada Renart López.


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