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Corrección de errores bolsa de trabajo del Ayuntamiento de La Font de la Figuera

Fecha: 02-05-2017

Anuncio del Ayuntamiento de La Font de la Figuera sobre corrección de errores y modificación de las bases que regirán la creación de una bolsa de trabajo de Educador/a Social, Trabajador/a Social y Auxiliar Administrativo adscrito al equipo Social Base.

ANUNCIO

Por acuerdo de la Junta de gobierno local, adoptado en sesión de fecha 19 de abril de 2017, se ha acordado lo siguiente:

Advertido error en las bases para la creación de una bolsa de trabajo de Educador/a Social/ Trabajador/a Social y Auxiliar Administrativo adscrito al equipo Social Base, que ha sido publicado el anuncio el día 5 de abril de 2017 en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP nº 67), en concreto en su base Octava.- Proceso selectivo, en lo relativo a la puntuación de la fase de concurso de méritos, apartado 2 “Idiomas de Otros paises de la Unión Europea” Nível básico y el apartado 3 “ Servicios en puestos iguales o análogos, sub-apartado b) servicios prestados en empresas privadas” y de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pú- blicas (LPAC) que establece: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”

La Junta de Gobierno a la vista de lo expuesto, ACUERDA:

PRIMERO: Corregir el error detectado en las Bases específicas que regirán la creación de una bolsa de trabajo de Educador/a Social/ Trabajador/a Social y Auxiliar Administrativo adscrito al equipo Social Base, modificando las bases en el siguiente sentido: En la base Octava.- Proceso Selectivo. Fase A) Concurso de Méritos. Punto 2.- Idiomas de otros paises de la Unión Europea. Donde dice: “Nivel Básico: 05. Puntos por Idioma” Debe decir: “Nivel Básico: 0,25 Puntos por Idioma”. Punto 3.-Servicios en puestos iguales o análogos, hasta un máximo de 4 puntos. Sub-apartado b). Donde dice: “ Se valoraran los servicios prestados en funciones de educador/a social, trabajador/a social o Auxiliar Administrativo/a en empresas privadas a razón de 0,5 puntos por més de servicio”. Debe decir: “Se valoraran los servicios prestados en funciones de educador/a social, trabajador/a social o Auxiliar Administrativo/a en empresas privadas a razón de 0,05 puntos por més de servicio”.

SEGUNDO: Publicar anuncio de dicha rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia al objeto de su conocimiento y efectos oportunos.

TERCERO: Publicar este acuerdo en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la web municipal. Lo que se publica para general conocimiento y efectos pertinentes.

En La Font de la Figuera, a 20 de abril del 2017.—El alcalde, Vicent Muñoz i Jordà.


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