ÓRGANO TÉCNICO DE SELECCIÓN DE LAS CONVOCATORIAS 157/21 Y 197/21, POR LA QUE SE CONVOCAN PRUEBAS SELECTIVAS DE ACCESO AL CUERPO AUXILIAR DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT. ESCALA AUXILIAR DE GESTIÓN, C2-01-01.
ACUERDO del órgano técnico de selección por el que, de conformidad con la base 9.1 de las Órdenes 39/2023 y 40/2023, de 19 de diciembre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, se hace pública la relación de las personas aspirantes aprobadas en el ejercicio único, por orden alfabético y turno de acceso (anexo I), y la relación de personas que han superado la oposición, por orden de puntuación y turno de acceso (anexo II).
Habiendo superado el ejercicio 2.084 por el turno libre, 65 por diversidad funcional y 2 por enfermedad mental de la convocatoria 157/21 i 2 por el turno de promoción interna de la convocatoria 197/21. De conformidad con lo establecido en la base 7.3 de las órdenes anteriormente citadas, la puntuación máxima a obtener en el ejercicio será de 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superar el citado ejercicio.
Vistas las alegaciones presentadas, el OTS ratifica las plantillas de respuesta publicadas en la página web, quedando todas las alegaciones desestimadas. No se procede a la corrección del ejercicio de Mª CARMEN SÁNCHEZ COSCOLLÁ con DNI ***3174** y de MELISSA IOSELLIN BRITO CORDOVA con DNI ***3174** por incumplimiento de la base 8.3 de la convocatoria.
Asimismo, de conformidad con la base 9.2 de la respectiva orden, se concede un plazo de 10 días hábiles para que presenten, obligatoriamente, la hoja de autobaremación debidamente cumplimentada y todos aquellos documentos acreditativos de los méritos declarados en ella, y previstos en el anexo III de la citada Orden, debidamente acreditados.
Si los méritos que se aleguen ya constaran en el registro de personal de la Generalitat, únicamente será necesario citarlos en el autobaremo, sin aportar los documentos correspondientes. Solo se valorarán los méritos alegados en el autobaremo. Contra el presente acuerdo, que no agota la vía administrativa, sólo cabrá interponer recurso de alzada ante la honorable consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública en el plazo de un mes, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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