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Listas provisionales de admitidos y excluidos por promoción interna en Gestión Procesal

Fecha: 08-03-2016

ORDEN JUS/268/2016, de 26 de febrero, por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y la disposición décima de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, Este ministerio ha resuelto:

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocadas por Orden JUS/2682/2015, de 1 de diciembre (BOE 15 de diciembre), y publicar en el anexo de la presente orden las relaciones provisionales de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Segundo

Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia www.mjusticia.es, en las páginas web de las comunidades autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas www.administracion.gob.es. Los aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidos sino también que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos.

Tercero

La inclusión de aspirantes en esta relación de admitidos a las pruebas selectivas, por el turno general y por el cupo de reserva para personas con discapacidad, no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios, tal y como se indica en el artículo 23 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; en la disposición decimoquinta de las bases comunes y en la base octava de la orden de convocatoria.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en la disposición décima de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos. Quienes no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.

Madrid, 26 de febrero de 2016.– El ministro de Justicia, p. d. (O JUS/696/2015, 16 de abril), el director general de Relaciones con la Administración de Justicia: Ricardo Gonzalo Conde Díez.

ANEXO


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