
Desde la publicación de la Ley 1/2013, de 21 de mayo, de la Generalitat, de medidas de restructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat, no se han producido procesos selectivos para el ingreso en puestos de trabajo de CulturtArts que reunieran los requisitos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad exigibles en derecho.
Como consecuencia más del 30 % de la plantilla personal no es fija a pesar de acumular muchos años de antigüedad en la mayoría de los casos. Es por eso urgente reducir la situación de precariedad del personal del organismo e iniciar procesos graduales de consolidación de empleo, dentro de los límites establecidos por la normativa aplicable.
El artículo 36 de la Ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017 (Ley 14/2016, de 30 de diciembre), reproduciendo la norma correspondiente de la Ley de presupuestos del Estado, limita la incorporación de nuevo personal mediante procesos de selección a una tasa de reposición de efectivos, calculada sobre las bajas producidas en el ejercicio anterior, diferente según el sector de actividad, siendo del 50 % en el CulturArts Generalitat y siempre respetando las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos de la entidad.
Los criterios para el cálculo de esta tasa son los definidos a el apartado 3 del artículo 21 de la Ley 14/2017, de 16 de junio, de presupuestos generales del Estado, según el cual no computarán dentro del límite máximo las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
Finalmente, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del convenio colectivo aplicable al personal laboral de CulturArts, esta oferta de empleo público ha sido objeto de negociación en su Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE) del día 11 de diciembre de 2017, ha sido aprobada por el Consejo de dirección de la entidad en su reunión celebrada el 27 de diciembre de 2017 e informada favorablemente por la Conselleria de Hacienda y Modelo económico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 14/2016, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017.
Por todo ello, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 4.f del Reglamento de organización y funcionamiento de CulturArts, aprobado por Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de CulturArts Generalitat, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, y por el Decreto 124/2016, de 30 de septiembre. El 27 diciembre el Consejo de Dirección adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobación de la oferta de empleo público
Se aprueba la oferta de empleo público de 2017 para seleccionar personal de CulturArts Generalitat en los términos que establece el presente acuerdo.
Segundo. Contenido de la oferta de empleo
a) La oferta de empleo público que se aprueba está constituida por plazas vacantes y dotadas económicamente en el presupuesto de CulturArts para el presente ejercicio, existiendo informe favorable de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
b) El total de la oferta asciende a dos plazas de naturaleza laboral distribuidas de la manera siguiente: número de puesto RPT 50, técnico/a superior marketing y publicad, clasificación A20 E038 y número puesto RPT 187, ordenanza, clasificación E12 E015.
Tercero
Los procedimientos que se convoquen en ejecución de la oferta adoptarán el sistema de concurso-oposición y el contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso se valorará, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en CulturArts en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
Cuarto. Convocatorias y plazo de desarrollo de la oferta
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, se convocarán y resolverán los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público que se aprueba, en el plazo improrrogable de dos años desde la publicación de la oferta en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Quinto. Desarrollo de los procesos selectivos para personas con diversidad funcional
Las pruebas selectivas destinadas a personas con diversidad funcional tendrán idéntico contenido que las establecidas para el resto de las personas aspirantes, sin perjuicio de las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, para asegurar que las personas con diversidad funcional participan en condiciones de igualdad.
Sexto. Medidas para promover la igualdad de género
Las convocatorias deberán incluir como primer criterio de desempate la resolución en favor del sexo que estuviera infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que formen parte de la categoría objeto de la convocatoria.
Séptimo. Facultades de aplicación y ejecución
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General del CulturArts para la aplicación y ejecución de la presente oferta de empleo.
Valencia, 27 de diciembre de 2017.? El presidente de CulturArts Generalitat: Vicent Marzà Ibáñez.
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