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Oferta de empleo público 2022 Ayuntamiento de Puçol

Fecha: 31-05-2022

Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia núm. 2289, de fecha 20 de mayo de 2022, se ha aprobado la modificación de la OEP 2021 y aprobación de la OEP 2022, con el siguiente tenor literal:

Visto que mediante Resolución de la Alcaldía núm. 5985, de fecha 22 de diciembre, se aprobó la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2021 (DOGV 9245, 29.12.2021).

Visto que con posterioridad a la aprobación de la OEP, se publica la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que introduce variaciones al Real Decreto ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Uno de los cambios introducidos, se recoge en la disposición adicional sexta, Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración. «Las administraciones públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, comunidades autónomas y entidades locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma».

Visto que se ha comprobado a petición de la representación sindical, así como de algunos empleados/as, que existían otros supuestos en los que se cumplían los requisitos necesarios para su inclusión en el proceso de estabilización En esta situación se encuentran las siguientes plazas, que procede incluir en la OEP de 2021:


Personal funcionario:

? 1 plaza de subalterno/a, Escala administración general, subescala subalterna, grupo agrupaciones profesionales (puestos núm. 1.18).

? 1 plaza peón/a cometidos varios, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficio, grupo agrupaciones profesionales (puesto núm. 4.39).

? 1 plaza de técnico/a medio de trabajo social, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2. (puestos núm. 5.1).

? 2 plazas peones/as cometidos varios, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficio, grupo agrupaciones profesionales (puestos núm. 4.6, 4.18)

? 1 plaza agente/a ejecutivo, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo agrupaciones profesionales.

? 1 plaza de técnico/a medio de empleo, escala administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 1.47).


Personal laboral fijo discontinuo a tiempo parcial. Concurso

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (1) grado en matemáticas y ciencias.

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (2) Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados, Grado en magisterio o equivalente.

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (1) grado en filología inglesa o equivalente.


Visto que en la OEP 2021 publicada en el DOGV número 9245 de 29 de diciembre, se detecta error en el número de puesto que corresponde a las siguientes plazas, de tal manera que donde dice:

«? 1 plaza de Inspector/a, escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 1.48)»;

Debe decir:

«? 1 plaza de inspector/a, escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, grupo A, Subgrupo A2 (puesto núm. 6.37)».


Donde dice:

«? 1 plaza de técnico/a superior archivo, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A1. (puesto núm. 6.37)»;

Debe decir:

«? 1 plaza de técnico/a superior archivo, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A1. (puesto núm. 1.48)».

Visto que en cuanto a la oferta de empleo público para el ejercicio 2022, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022: Artículo 20, Oferta de empleo público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público: «Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno. e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas de reposición de efectivos: (?) «4. La tasa será del 125 por ciento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales, que se considerarán también sectores prioritarios».

La validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del EBEP:

a) A que las plazas se incluyan en una oferta de empleo público que deberá ser aprobada por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización de cada año.

b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el diario oficial de la provincia, comunidad autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de la oferta de empleo público en la que se incluyan las plazas.


Las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria deberá identificar las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden. Esta previsión será aplicable a las convocatorias de procesos selectivos derivadas de ofertas de ejercicios anteriores a 2022, incluidas las que ya hayan sido publicadas.

Tres. 1. La tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios. Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior podrán acumular su tasa de reposición indistintamente en cualquier sector.

Para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo.

A estos efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.

Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas, así como las producidas como consecuencia de lo dispuesto en el apartado cinco.3 de este artículo y en el apartado Uno. 2 de las disposiciones adicionales décima séptima, décima octava y décima novena respecto de la movilidad del personal con una relación preexistente, fija e indefinida en el sector de que se trate.

Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.

8. La tasa resultante de las reglas del número anterior podrá incrementarse con la derivada de las altas y bajas registradas durante el ejercicio en curso, hasta la fecha de aprobación de la oferta, lo que deberá hacerse constar en la propia oferta. Para ello la oferta deberá aprobarse dentro del primer semestre del ejercicio. Dichas plazas se restarán de la tasa de reposición del ejercicio siguiente.


Durante el ejercicio 2021 los/las empleados/as fijos que dejaron de prestar servicios en el Ayuntamiento de Puçol son los siguientes:

TABLA

EMPLEADO/A CAUSA FECHA

Encargado mantenimiento-conserjería fallecimiento 22.01.2021

Ingeniero Técnico Concurso traslados 19.12.2021

Administrativa Jubilación 09.09.2021

Administrativa Jubilación 30.07.2021

Encargado mantenimiento-conserjería Jubilación 26.09.2021

Agente Policía Local Jubilación 29.08.2021


Todas las plazas se corresponden a servicios prioritarios de gestión de recursos públicos, y de atención al público, por lo que la tasa de reposición es del 120 %, además de una plaza de Policía Local, a la que le corresponde una tasa de reposición del 125 %.

La tasa de reposición es de 7 plazas, lo que nos permite incluir en la oferta de empleo público para 2022, hasta 7 convocatorias. Atendiendo a las necesidades de la plantilla del Ayuntamiento, se considera conveniente cubrir en propiedad las plazas vacantes, sin reserva de puesto, existentes en de la Policía Local, ya que se trata de un servicio esencial del que no puede prescindirse en ningún caso, debiendo quedar cubiertos todos los turnos, para poder prestar el servicio adecuadamente. La otra plaza que se incorpora en la OEP 2022, es plaza vacante ocupada interinamente y que no está incluidas en ningún proceso de consolidación.


Personal funcionarial:

? 6 plazas de agente policía local, escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, grupo C, subgrupo C1 (puestos núm. 6.14, 6.7, 6.20, 6.38, 6.22, 6.48).

? 1 plaza de ingeniero/a técnico/a industrial, escala de administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 3.4).


Visto que existen en la plantilla del Ayuntamiento, las siguientes plazas para su cobertura por promoción interna, todas ellas menos una, ocupadas por personal con nombramiento provisional por mejora de empleo:

? 1 plaza de técnico/a medio informático, escala de administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2.

? 1 plaza de técnico/a de administración general, escala de administración general, subescala gestión, grupo A, subgrupo A2.

? 4 plazas de administrativo/a, escala de administración general, subescala administrativa, grupo C, subgrupo C1.

? 1 plaza de técnico/a auxiliar delineación, escala de administración especial, subescala técnica, clase auxiliar, grupo C, subgrupo C1.


Visto el informe emitido por la jefa del Servicio de Recursos Humanos de fecha 19 de mayo de 2022.


Considerando lo dispuesto en el artículo 128 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.

Considerando lo establecido en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Considerando lo dispuesto en el artículo 37 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: «Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes: l) Los criterios generales sobre ofertas de empleo público.

Considerando lo señalado en las disposiciones adicional sexta y adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Considerando lo establecido en los artículos 69.2 y 70.1 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y arts. 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y 128.1 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido sobre disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, que disponen que las corporaciones locales aprobarán y publicarán anualmente, dentro del plazo de un mes desde la aprobación de su presupuesto, la oferta de empleo público para el año correspondiente, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública.

Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana.

Considerando lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, dispone: «Las corporaciones locales que aprueben su oferta de empleo público deberán remitir los acuerdos aprobatorios de la misma a la Administración general del Estado, a través de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, a los efectos de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, respetando los criterios que tienen carácter básico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021».

Considerando lo dispuesto en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022.

Considerando lo establecido en el art. 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, al establecer la competencia de la Alcaldía para aprobar la oferta de empleo público.

Por lo expuesto, esta alcaldía resuelve:


Primero

Modificar la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Puçol correspondiente al ejercicio 2021, quedando de la siguiente forma:


Tasa adicional disposición adicional sexta de Ley 29/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (convocatorias por concurso):


Personal funcionario:

? 1 plaza de técnico/a de administración general, escala administración general, subescala técnica, grupo A, subgrupo A1 (puesto núm. 3.11).

? 1 plaza de técnico/a de administración general, escala administración general, subescala gestión, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 1.23).

? 1 plaza de administrativo/a, escala de administración general, subescala administrativa, grupo C, subgrupo C1

? 8 plazas de auxiliar administrativo/a, escala administración general, subescala auxiliar, grupo C, subgrupo C2 (puestos núm. 1.46, 2.18, 1.45, 1.2 (F), 3.7, 2.20, 5.15, 1.37)

? 7 plazas de subalterno/a, escala administración general, subescala subalterna, grupo agrupaciones profesionales (puestos núm. 1.9, 1.18, 1.26, 1.17, 1.16, 1.28, 1.12).

? 1 plaza arquitecto/a, escala administración especial, subescala técnica, clase superior, grupo A, subgrupo A1 (puesto núm. 3.2)

? 1 plaza arquitecto/a técnico, escala de administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A2.

? 2 plazas técnico/a medio servicios sociales, escala administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 5.12, 5.13)

? 1 plaza de técnico/a medio de servicios sociales, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2. (puestos núm. 5.18)

? 1 plaza técnico/a medio deportes, escala administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 2.1 F)

? 1 plaza técnico/a auxiliar tesorería, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo C, subgrupo C2 (puesto núm. 2.9)

? 2 plazas agente ejecutivo/a, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo agrupaciones profesionales (puesto núm. 2.17, puesto s/núm.)

? 1 plaza de técnico/a auxiliar comunicación y publicidad, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo C, subgrupo C1 (puesto núm. 5.11)

? 2 plazas de promotor/a socio-cultural, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo C, subgrupo C1 (puesto núm. 5.4, 5.10)

? 1 plaza de técnico/a medio promoción económica y empleo, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 5.16)

? 1 plaza de técnico/a medio de empleo, escala administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 1.47)

? 4 plazas limpiador/a, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficio, grupo agrupaciones profesionales (puestos núm. 4.9, 4.7, 4.10, 4.8)

? 16 plazas peones/as cometidos varios, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficio, grupo agrupaciones profesionales (puestos núm. 4.6, 4.18, 4.17, 4.41, 4.31, 4.36, 4.43, 4.38, 4.14, 4.40, 4.37, 4.15, 4.23, 4.34, S/N, 4.39).

? 2 plazas Tractorista, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficio, grupo agrupaciones profesionales (puestos núm. 4.2, 4.11)

? 2 plazas oficial/a 1ª albañil, escala administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficio, grupo C, Subgrupo C2 (puestos núm. 4.12, 4.35)


Personal laboral fijo (convocatorias por concurso)

? 4 plazas conserjes/as, certificado escolar, categoría profesional (6) Subalternos, certificado escolar.

? 1 plaza psicólogo/a, categoría profesional (1), grado en psicología o equivalente.

? 4 plazas auxiliares de servicios, categoría profesional (6) subalternos, certificado escolar.

? 2 plazas oficial/a 1ª o técnico servicios, categoría profesional (6) subalternos, certificado escolar o equivalente.

? 1 plaza de auxiliar técnico/a comunicación, categoría profesional (5) oficial administrativo, graduado escolar o equivalente.

? 2 plazas de profesor/a EPA, categoría profesional (2) Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados, grado en magisterio o equivalente.

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (2) Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados, grado en filología valenciana o equivalente.


Personal laboral fijo discontinuo a tiempo parcial (convocatorias por concurso)

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (1) grado en matemáticas y ciencias.

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (2) ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados, grado en magisterio o equivalente.

? 1 plaza de profesor/a EPA, categoría profesional (1) grado en filología inglesa o equivalente.


Tasa adicional de reposición (proceso de estabilización de empleo temporal (convocatorias por concurso-oposición):

? 1 plaza de técnico/a medio de trabajo social, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2. (puestos núm. 5.1).


Tasa ordinaria:

? 1 plaza de técnico/a superior archivo, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A1.

? 1 plaza de inspector/a, escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, grupo A, subgrupo A2.



Tasa de la Ley de servicios sociales Comunitat Valenciana (convocatorias por concurso-oposición)

? 5 plazas de técnico/a medio de trabajo social, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2. (puestos núm. 5.2, 5.19, 5.20, 5.21, 5.22)

? 1 plaza de técnico/a medio de servicios sociales, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2. (puestos núm. 5.25)

? 1 plaza de técnico/a de administración especial, escala de administración especial, grupo A, subgrupo A1. (puesto núm. 5.24)

? 1 plaza de técnico de integración social, escala de administración especial, subescala técnica, grupo B. (puesto núm. 5.23)

? 1 plaza de psicólogo/a, escala de administración especial, subescala técnica, grupo A1. (puesto núm. 5.8)

? 1 plaza de auxiliar administrativo/a, escala de administración general, subescala auxiliar, grupo C2. (puesto núm. 5.6).


Segundo

Aprobar la oferta de empleo público 2022 para el Ayuntamiento de Puçol:


Promoción interna (no computa tasa reposición), plazas funcionariales

? 1 plaza de técnico/a medio informático, escala de administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2. (Puesto núm. 1.3)

? 1 plaza de técnico/a de administración general, escala de administración general, subescala gestión, grupo A, subgrupo A2.(Puesto núm. 2.15)

? 4 plazas de administrativo/a, escala de administración general, subescala administrativa, grupo C, subgrupo C1. (Puestos núm. 1.7, 1.42, 1.43, 2.23)

? 1 plaza de técnico/a auxiliar delineación, escala de administración especial, subescala técnica, clase auxiliar, grupo C, subgrupo C1. (Puesto núm. 3.8)

Turno libre, plazas funcionariales

? 6 plazas de agente policía local, escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, grupo C, subgrupo C1 (puestos núm. 6.14, 6.7, 6.20, 6.38, 6.22, 6.48).

? 1 plaza de ingeniero/a técnico/a industrial, escala de administración especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2 (puesto núm. 3.4).

Tercero

Remitir certificado de esta resolución a la Delegación de Gobierno en la Comunitat Valenciana, para su conocimiento y efectos oportunos.

Cuarto

Certificar al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados

Quinto

Publicar el presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.


Puçol, 23 de mayo de 2022.? La alcaldesa: M.ª Paz Carceller Llaneza.


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