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Relación definitiva aprobados Auxilio Judicial

Fecha: 09-12-2020

Orden JUS/1167/2020, de 16 de noviembre, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla ha estimado el recurso contencioso-administrativo n.º 263/2019 interpuesto por Don Rafael María Cope Soriano, reconociéndose por sentencia n.º 1122/2020 de 13 de julio, la anulación de la pregunta 64 del examen realizado por el mismo y la adecuación de la puntuación obtenida al susodicho pronunciamiento judicial.

En consecuencia, este Ministerio, en cumplimiento de los términos de la sentencia, ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Rectificar la Orden JUS/1163/2018, de 19 de octubre(BOE 7 de noviembre de 2018) que hizo pública la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre, (BOE del día 30 de noviembre), incluyendo, en su Anexo II en el ámbito de Andalucía, sistema general, con el número 49 bis, a Don Rafael María Cope Soriano, con una puntuación final de 178,75 puntos.

Segundo.

Incrementar en una plaza la Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre (BOE del día 30), que hizo pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en Orden JUS/1163/2018, de 19 de octubre (BOE del día 7 de noviembre).

Tercero.

En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», el aspirante presentará en el Ministerio de Justicia través de la Unidad EA0010560-Procesos selectivos Administración de Justicia Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos selectivos Justicia, los siguientes documentos:

a) Solicitud de destino, ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas competentes.

b) Los aspirantes que tengan la condición legal de persona con discapacidad, con grado igual o superior al 33% deberán presentar certificación de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones del cuerpo de Auxilio Judicial.

c) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:

– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.

– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los cuerpos al servicio de las Administraciones públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (Anexo I)

Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor no presentare la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en las bases de la Orden de Convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrá ser nombrado funcionario y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de noviembre de 2020.–El Ministro de Justicia P.D. (Orden JUS/ 987/2020, de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público, Francisco de Borja Vargues Valencia.

ANEXO I

Don/D.ª...................................................................................................................., con domicilio en.................................................................................................., de................ años edad, con documento nacional de identidad número.........................., declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial, que no ha sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendido en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.

En......................., de....... de................ 2020.

El/la declarante


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