
Orden JUS/1156/2023, de 18 de octubre, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre. Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en la base 5.11 de la convocatoria,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero. Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas para acceso por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, convocadas por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, y publicar en el anexo I las relaciones provisionales de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión que se relacionan en el anexo II.
Segundo. Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), en las páginas web de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es). En todo caso, los/las aspirantes deberán comprobar que no figuran en la relación de excluidos/as y, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos/as.
Tercero. Tanto los/las aspirantes excluidos/as como los omitidos/as por no figurar en las listas de admitidos/as ni en la de excluidos/as, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión en dichas listas en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». Los/las aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.
Cuarto. La inclusión de aspirantes en las relaciones de admitidos/as a las pruebas selectivas no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares de participación exigidos en las bases de la convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para las personas que superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como personal funcionario, tal y como se indica en el artículo 23 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
Madrid, 18 de octubre de 2023.–La Ministra de Justicia, P. D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, María dels Àngels García Vidal.
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